Términos y Condiciones Accidentes Personales Rinde

  1. El Seguro de Accidentes Personales, es exclusivamente para los clientes que tengan activa una membresía en su aplicación Rinde y que la misma cuente con dicho beneficio.  El beneficio consiste en un seguro de muerte accidental para el titular, además, asistencias médicas para titular y núcleo familiar cercano (máximo 5 personas por núcleo familiar). Este programa está disponible para todos los clientes que cumplan con los requisitos especificados en los siguientes Términos y Condiciones. Su uso indebido, fraude o declaraciones falsas o inexactas en el seguro, puede resultar en la cancelación del servicio y la exclusión de futuros programas y/o promociones.
  2. El servicio se les dará únicamente a los clientes de Gasolineras Don Arturo con aplicación Rinde, que tengan activa una membresía al momento de solicitar cualquier requerimiento del seguro y/o las asistencias.
  3. El seguro de accidentes personales y Asistencia Médicas se coordina directamente por medio de la Cabina de Asistencia de Seguros Universales al teléfono: 2384-7429.
  1. La cobertura del Seguro de Accidentes Personales aplica a nivel nacional.
  1. La edad mínima para contratar el seguro de accidentes personales es de 18 años y la máxima es de 70 años, con permanencia hasta los 75 años.
  2. El seguro de accidentes personales en las membresías Rinde, cuenta con los siguientes beneficios y/o coberturas:

Cobertura

Del beneficio
Beneficios Adicionales para el titular de la membresía y núcleo familiar
  1. Los Beneficiarios del Seguro de Accidentes Personales, son las personas a quienes la aseguradora les entregará el monto de la cobertura por muerte accidental del colaborador titular.
  2. Para efecto del Seguro de Accidentes Personales, los Dependientes son los familiares que podrán aprovechar los beneficios de asistencia médica descritos en la póliza y dependen del estado civil del colaborador titular. Los dependientes que se toman en cuenta para las asistencias familiares del seguro aplican:
    • Si el titular es soltero: titular solo o titular + padres
    • Si el titular es casado o unido: titular + cónyuge o conviviente + hasta 3 hijos menores de 21 años en dependencia económica.
  1. Cambios en los Términos y Condiciones: nos reservamos el derecho de modificar, cambiar o sustituir el programa ya sea de forma parcial o total, sin previo aviso y sin ninguna responsabilidad para Rinde, Gasolineras Don Arturo o cualquiera de las empresas de la corporación.  En caso de cancelación y/o finalización del programa, se estará comunicando de forma directa a los clientes con por lo menos 1 semana de anticipación.
  2. El Seguro de Accidentes Personales es una cobertura que se comercializa a través de las membresías de Rinde con el respaldo de Seguros Universales. Todos los procesos que involucren al seguro de accidentes personales y sus asistencias médicas per se, serán brindados por medio de Seguros Universales, sus filiales y proveedores.  Siendo los anteriores quienes son los responsables de brindar un adecuado servicio.
  3. Limitaciones del Servicio: el Seguro de Accidentes no cubre el costo de medicamentos, hospitalizaciones por enfermedad o servicios no especificados en este programa y/o la póliza de seguros.
  4. Responsabilidad sobre circunstancias externas: no existe responsabilidad de la aseguradora, sus proveedores, Rinde o cualquier Empresa de la Corporación, sobre condiciones climáticas adversas, tráfico intenso, accidentes, bloqueos, huelgas u otras circunstancias fuera del control que puedan limitar el brindar el servicio requerido de forma óptima o que derivado de lo anterior no se pueda brindar la atención requerida.  Tampoco por cancelaciones derivadas de otras causas fuera de la voluntad de la aseguradora o sus proveedores.
  5. Rinde, Gasolineras Don Arturo o cualquiera de las Empresas de la Corporación, no serán responsables de ningún daño directo, indirecto, incidental, especial, emergente o punitivo que surja del uso o la imposibilidad de uso del servicio del Seguro o las Asistencias, incluso si se ha informado previamente sobre la posibilidad de tales daños. Esto incluye, pero no se limita a, daños a la propiedad, lesiones personales, pérdida de beneficios, pérdida de datos u otra pérdida intangible, al utilizar los servicios del Seguro de Accidentes Personales.
  6. Cobros Adicionales: a) Rinde, Gasolineras Don Arturo o cualquiera de las Empresas de la Corporación no perciben ni requieren ningún cobro adicional ni por parte de proveedores, ni por parte de clientes de membresías.  Cualquier cobro adicional derivado de requerimiento de descuentos, precios especiales, deducibles o cualquier otro, es informado por la Aseguradora y/o sus proveedores y debe ser autorizado previamente por el titular de la membresía.
  7. El tiempo de coordinación para cualquier requerimiento puede ser variable y dependerá de factores como saturación de cabina de atención tanto de aseguradora como de sus proveedores, agenda de los médicos y otros proveedores de salud y funerario, cantidad de proveedores afiliados cercanos al solicitante, entre otros.
  8. Al solicitar y utilizar el Seguro de Accidentes Personales, el cliente acepta que Rinde, Gasolineras Don Arturo o cualquier otra Empresa de la Corporación, no serán responsables de ningún daño o perjuicio, y renuncia a cualquier reclamo contra la empresa, sus directores, empleados y agentes en relación con dicho servicio.
  9. Al solicitar y utilizar el Seguro de Accidentes Personales, el cliente acepta cumplir con estos términos y condiciones. Para cualquier duda o consulta, puede comunicarse a nuestro Centro de Servicio al Cliente: 3190-4795.
  10. Las coberturas donde no se indica ningún costo adicional al beneficio que se presta, son completamente gratuitos e incluidos en la membresía adquirida, por lo que no debe realizarse ningún cobro adicional.  Cualquier cobro adicional que sea indicado por el proveedor médico sobre estas coberturas gratuitas, deberá validarse con la Aseguradora e informar directamente al Centro de Servicios al Cliente para su validación, al número antes indicado.
  11. El seguro de Accidentes Personales se proporciona de acuerdo con las capacidades operativas y logísticas de Seguros Universales y sus proveedores afiliados a nivel nacional. Quedando fuera de cualquier responsabilidad, cualquier atraso o impedimento para brindar cualquier atención por eventos como: a). Terremoto; b). Inundaciones; c). Huracanes; d). Otros Desastres Naturales; e). Paros Nacionales, f). Bloqueos, g). Entre Otros.
  12. Para el seguro de accidentes personales, además de los términos y condiciones aquí descritos, también aplican las exclusiones, términos y condiciones, y demás disposiciones de la aseguradora en su póliza de seguros de Accidentes Personales.